¿Qué son los bienes inmuebles?

Se entiende por bienes, los activos o propiedades que una persona física o jurídica posee. Estos activos pueden incluir dinero en efectivo, cuentas bancarias, propiedades (inmuebles y muebles), vehículos, inversiones, acciones, joyas, entre otros. 

El Código Civil distingue entre bienes muebles y bienes inmuebles. De esta manera, aquellos que pueden ser movidos por sí mismos o por una fuerza externa sin alterar su sustancia o naturaleza serían los bienes muebles. Y, por otro lado, los considerados inmuebles son aquellos que no pueden transportarse de un lugar a otro sin menoscabo de su naturaleza o destino.

Esta clasificación la establece el Código Civil en el Artículo 333: Todas las cosas que son o pueden ser objeto de apropiación se consideran como bienes muebles o inmuebles. También pueden ser objeto de apropiación los animales, con las limitaciones que se establezcan en las leyes.

Bienes inmuebles según el Código Civil

En el Código Civil, los bienes inmuebles están recogidos en el Título I: De los bienes inmueblesEn concreto, en el Artículo 334, donde se detallan los bienes considerados inmuebles:
1. Son bienes inmuebles:
1º Las tierras, edificios, caminos y construcciones de todo género adheridas al suelo.
Los árboles y plantas y los frutos pendientes, mientras estuvieren unidos a la tierra o formaren parte integrante de un inmueble.
3º Todo lo que esté unido a un inmueble de una manera fija, de suerte que no pueda separarse de él sin quebrantamiento de la materia o deterioro del objeto.
4º Las estatuas, relieves, pinturas u otros objetos de uso u ornamentación, colocados en edificios o heredades por el dueño del inmueble en tal forma que revele el propósito de unirlos de un modo permanente al fundo.
5º Las máquinas, vasos, instrumentos o utensilios destinados por el propietario de la finca a la industria o explotación que se realice en un edificio o heredad, y que directamente concurran a satisfacer las necesidades de la explotación misma.
6º (Suprimido)
7º Los abonos destinados al cultivo de una heredad, que estén en las tierras donde hayan de utilizarse.
8º Las minas, canteras y escoriales, mientras su materia permanece unida al yacimiento, y las aguas vivas o estancadas.
9º Los diques y construcciones que, aun cuando sean flotantes, estén destinados por su objeto y condiciones a permanecer en un punto fijo de un río, lago o costa.
10º Las concesiones administrativas de obras públicas y las servidumbres y demás derechos reales sobre bienes inmuebles.
2. Quedan sometidos al régimen de los bienes inmuebles los viveros de animales, palomares, colmenas, estanques de peces o criaderos análogos, cuando el propietario los haya colocado o los conserve con el propósito de mantenerlos unidos a la finca y formando parte de ella de un modo permanente, sin perjuicio de la consideración de los animales como seres sintientes y de las leyes especiales que los protegen.

Tipos de bienes inmuebles

Teniendo en cuenta lo que indica el Código Civil, los bienes inmuebles, también denominados bienes raíces, se podrían clasificar en diferentes tipos:

  • Por naturaleza: aquí se incluyen aquellos que están unidos de manera inseparable al suelo como las tierras.
  • Por incorporación: según la manera en que han sido incorporados al suelo.
  • Por destino: son los que se añaden al inmueble y pasan a formar parte de él.
  • Por accesión: en esta clasificación se contemplan aquellos que, aunque puedan trasladarse, están instalados en la estructura del inmueble.
  • Por representación: son los documentos que atestiguan que una persona es propietaria de un bien inmobiliario.
  • Por ubicación: según donde se ubique el bien inmueble, es decir, en el campo o en la ciudad, se distinguirá entre finca rústica o finca urbana.


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