Más de un millón de niños recibirán ésta ayuda del Estado

La Seguridad Social abonará una ayuda en concepto de prestaciones familiares no contributivas a más de un millón de niños que oscila entre los 341 euros y los 588 euros y que beneficia a más de 766.000 hogares. 

El incremento de las cuantías de estas prestaciones y de los umbrales para acceder a ellas fueron incluidos en el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad en la jornada de trabajo

La prestación familiar por hijo a cargo estaba congelada desde el año 2000, cuando su cuantía se era de 291 euros. La nueva cuantía de 341 euros anuales implica un incremento del 17,18%.

Además, este Real Decreto-Ley incluyó un nuevo supuesto, el de pobreza severa, por el que las familias con menos recursos reciben una prestación de 588 euros anuales por cada hijo o menor a su cargo. En estos casos, el aumento es del 102,06%.

 

 Requisitos para acceder a la ayuda. 

  • El límite establecido de ingresos familiar no puede superar los 12.313 euros/año
  • En familias numerosas el límite está en 18.532 euros/año

 

Cuantía a percibir

El límite de ingresos se incrementa en 3.002 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, éste incluido. En la actualidad, 384.974 familias se benefician de esta asignación, de forma que se protege a 498.040 niños.

En el caso de las familias con menos recursos, aquellas que se benefician de la prestación de 588 euros al año, el límite de ingresos oscila entre los 4.679,99 euros o menos para las unidades familiares compuestas por un adulto y un menor de 14 años, y los 6.839,99 euros para las familias de un adulto y tres menores.En esta situación se encuentran 381.728 unidades familiares, en total, 580.209 niños y niños, de acuerdo con los datos de que dispone la Seguridad Social y una vez actualizadas las rentas con la información proporcionada por la Agencia Tributaria.

 

Tipos de prestaciones

  1. Asignación económica por cada hijo menor de dieciocho años o mayor de dicha edad y que esté afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 65 por ciento, a cargo del beneficiario, cualquiera que sea la naturaleza legal de la filiación, así como por los menores a su cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción. Mientras no supere el salario mínimo interprofesional, el hijo o menor a cargo puede realizar un trabajo lucrativo por cuenta propia o ajena.
  2. Prestación económica de pago único a tanto alzado por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres con discapacidad
  3. Prestación económica de pago único por parto o adopción múltiples

Ayuda para familias con hijos

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