¿Sabes que es un falso autónomo?

Los falsos autónomos son trabajadores que están inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos pero que realizan sus servicios para una empresa como si fueran trabajadores por cuenta ajena

Se denominan así porque aunque se les considera autónomos, es una situación falsa, ya que no poseen autonomía propia, sino que deben dar explicaciones al empresario o dirección de la empresa, actuando así como empleados.

Esta situación laboral esta considerada como ilegal ya que se intenta evadir a la Seguridad Social al no realizar las cotizaciones de los trabajadores.

Beneficiarios de esta situación laboral

Los falsos autónomos son muy beneficiosos para las empresas ya que, de esta forma, se ahorran grandes cantidades de dinero en la Seguridad Social.

Pero está considerado como un fraude a Hacienda y a la Seguridad Social debido a que no se pagan los tributos pertinentes ni se realizan las cotizaciones que se debería.

Perjudicados de esta situación laboral

Los trabajadores son los grandes perjudicados con este tipo de trabajos, ya que, poseen todas las desventajas y obligaciones fiscales de los trabajadores autónomos y, además, tienen grandes complicaciones para acceder a sus derechos como trabajador.

  • Debe darse de alta en el RETA
  • Pagar la cuota de autónomos, el IVA y el IRPF
  • No posee nómina, sino que debe facturar a la empresa para cobrar sus retribuciones
  • No forma parte de la plantilla de la empresa para la que trabaja
  • No tiene derecho a permisos retribuidos, lactancias, reducción de la jornada laboral y todas las demás situaciones asociadas a un Régimen General
  • No tiene vacaciones retribuidas
  • No tiene derecho a indemnización en caso de despido
  • No existe el derecho a paro, a no ser que cotice todos los meses por la prestación por cese de actividad, conocido como el paro de los autónomos
  • En caso de realizar demandas judiciales debe hacerlo por la vía civil y no la social, lo cual es más lento y caro

Caso real

Hace pocos días se debatía este concepto de falso autónomo debido al suceso en la empresa Glovo, una empresa que se anuncia como :

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¿Que ocurrió?

Un empleado autónomo de Glovo falleció en su jornada laboral tras un accidente.

Los repartidores de comida a domicilio han ascendido en los últimos años.. pero ¿a que régimen pertenecen?

Según CCOO, la situación de este repartidor de 22 años era la misma que la del resto de sus compañeros: “cargas de trabajo extenuantes, ausencia de formación en prevención y desvinculación por parte de su empresa de todos los riesgos asumidos por un joven a quien ni siquiera reconocían su condición de trabajador por cuenta ajena”.

Glovo ha señalado que asumirá los gastos que hubiera cubierto el seguro privado al fallecido y su familia como si se tratara de un trabajador del grupo.

Pero para los inspectores de Trabajo, no es suficiente.  Glovo debe saber qué repartidores hacen sus entregas y si están dados de alta.

Según los inspectores en realidad el fallecido sería un trabajador por cuenta ajena,o sea, un falso autónomo, lo que convertiría el siniestro en un accidente laboral por el que la Inspección solicitaría darle de alta de oficio en la Seguridad Social. Se generaría un derecho a prestaciones de viudedad u orfandad para sus familiares, haciendo responsable a Glovo en un nuevo frente judicial.

Consecuencias

Glovo se enfrentaría a un procedimiento penal, ya que se trata de un fallecimiento, en el que se derivarían responsabilidades penales y se acusaría a la empresa de delito contra los trabajadores.

En el caso de que no se le hubiese impartido al trabajador un curso de formación de riesgos laborales, la entidad se enfrentaría a un recargo de prestaciones, cuyas cantidades suelen ser sustancialmente altas y, en ningún caso, pueden ser aseguradas. Sería Glovo quien afrontase el pago entero.

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