Subvenciones y ayudas para la región de Extremadura
Finalidad de la ayuda:
Conceder en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta, para el desarrollo de proyectos de comercio electrónico y TIC en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo el principal objetivo mejorar la productividad y competitividad mediante la aplicación de conocimientos y nuevas tecnologías en el ámbito empresarial y comercial.
Beneficiarios:
1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas los autónomos o asimilados y PYMES extremeñas, que en el momento de presentar la solicitud se encuentren constituidas debidamente y empleen a un máximo de 50 trabajadores.
2. También podrán acceder a esta subvención las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica propia puedan llevar a cabo los proyectos para los que se destinan las ayudas.
Exclusiones:
Quedan excluidas de las ayudas reguladas en la presente orden:
a) Las empresas que operan en los sectores de pesca, acuicultura y la producción primaria de productos agrícolas, y en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas en ciertos casos.
b) Las empresas públicas, las participadas mayoritariamente por éstas, las entidades de derecho público, las entidades sin ánimo de lucro, cualquiera que sea la forma que adopten, las participadas mayoritariamente por éstas y las empresas, de cualquier tipo, que tengan por actividad la gestión de un servicio público.
c) Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
d) Las empresas que se encuentren en situación de crisis.
Ámbito de la ayuda:
Regional
Modo de participación:
Individual y Cooperación
Modalidad:
Ayuda directa
Alcance de la ayuda:
El importe de la subvención consistirá en un porcentaje del 80 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 11.000 € por beneficiario, independientemente del número de servicios que se pretenda contratar.
Asimismo, en el artículo 5 de la orden de convocatoria, se establecen unas cuantías e intensidades máximas para cada uno de los servicios subvencionables que puede recoger el Proyecto.
Conceptos subvencionables:
Inversiones TIC (tecnológicas de la información y comunicaciones)
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de un año, que se inicia desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria junto con su extracto, en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.